立法数据库

 Título II
 Articulo 38
 Capítulo IV

UNTOC 文献

  • 有组织犯罪公约

  • 第10: 条 法人责任
  • 贩运人口议定书

  • 偷运移民议定书

  • 枪支议定书

     

    原始案文

    Libro I: Parte general

    Título II: Hecho punible y responsabilidad penal

    Capítulo IV: De los autores y participes


    ACTUAR POR OTRO

    Art. 38.- El que actuare como directivo, representante legal, o administrador de una persona jurídica, o en nombre o representación legal o voluntaria de otro, responderá personalmente, aunque no concurran en él las condiciones, cualidades o relaciones que la correspondiente figura del delito requiera para poder ser sujeto activo del mismo, cuando tales circunstancias se dieren en la persona en cuyo nombre o representación obrare. (53)

    En todo caso, la persona jurídica incurrirá en responsabilidad civil subsidiaria especial. No obstante lo anterior, en el caso de los delitos de cohecho propio, cohecho impropio, cohecho activo y soborno transnacional, la persona jurídica será solidariamente responsable por los daños causados en los términos establecidos en el Art. 118 de este Código. (30)

     
     

    交叉问题

    • 责任

      • 法人的责任

        • • 刑事的