законодательной базы данных

Участие в организованной преступной группе

    Дата принятия:

    2011-08-13

    Статьи КОП ООН

    • Конвенция против организованной преступности

    • Статья 5: Криминализация участия в организованной преступной группе
    • Протокол о торговле людьми

    • Протокол о незаконном ввозе мигрантов

    • Протокол об огнестрельном оружии

       

      Подлинный текст

      Los que se asociaren u organizaren con el objeto de cometer alguno de los delitos contemplados en esta ley serán sancionados, por este solo hecho, según las normas que siguen :

      1.- Con presidio mayor en sus grados medio a máximo, al que financie de cualquier forma, ejerza el mando o dirección, o planifique el o los delitos que se propongan.

      2.- Con presidio mayor en sus grados mínimo a medio, al que suministre vehículos, armas, municiones, instrumentos, alojamientos, escondite, lugar de reunión o cualquiera otra forma de colaboración para la consecución de los fines de la organización.

      Si el autor, cómplice o encubridor del delito establecido en este artículo cometiere, además, alguno de los delitos contemplados en esta ley, se estará a lo dispuesto en el artículo 74 del Código Penal para los efectos de la aplicación de la pena.