Un punto central de partida para examinar el marco que rige las iniciativas globales contra el terrorismo es la Estrategia de Lucha contra el Terrorismo de las Naciones Unidas. Aprobada sin votación por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la resolución 60/288 el 8 de septiembre de 2006, reflejando así una línea de base de consenso y legitimidad universales, fue la primera vez que los miembros de las Naciones Unidas acordaron y aprobaron un enfoque y marco estratégico común para luchar contra el terrorismo. La Asamblea General de las Naciones Unidas revisa y actualiza cada dos años la Estrategia de Lucha contra el Terrorismo para reflejar las prioridades (consulte, p. ej., Naciones Unidas, Asamblea General, 2008, A/RES/62/272; 2010, A/RES/64/297; 2012, A/RES/66/272; 2014, A/RES/68/276; 2016(b); A/RES/70/291). De esta manera, la Estrategia de Lucha contra el Terrorismo se mantiene como documento en constante evolución. Esto se ilustra por el análisis de la Asamblea General realizado el 1 de julio de 2016 (Naciones Unidas, 2016(b), A/RES/70/291), vinculado al estudio del Plan de Acción para Prevenir el Extremismo Violento del Secretario General de las Naciones Unidas (Naciones Unidas, Asamblea General, 2015 (a), A/70/674; 2015 (b), A/70/675) como una cuestión de preocupación internacional creciente (consulte el Module 2).
El entorno cambiante y las prioridades que lo acompañan se reflejan en los informes bienales del Secretario General de las Naciones Unidas, las actividades del sistema de las Naciones Unidas para implementar la Estrategia Global de las Naciones Unidas de Lucha contra el Terrorismo (más recientemente Naciones Unidas, Asamblea General, 2016 (a), A/70/826), que ofrecen un resumen informativo de los progresos y los retos actuales con respecto a la implementación de dicha estrategia.
La Estrategia de Lucha contra el Terrorismo es un instrumento global único para mejorar las iniciativas nacionales, regionales e internacionales en la lucha contra el terrorismo, incluso mediante el fortalecimiento de la cooperación entre todos los participantes principales (véase a continuación). Su adopción no solo demostró el acuerdo de todos los Estados Miembro, por primera vez, sobre un enfoque estratégico y operacional para luchar contra el terrorismo y enviar un claro mensaje de que el terrorismo es inaceptable en todas sus formas y manifestaciones, sino también la determinación de tomar medidas prácticas de manera individual y colectiva para prevenirlo y combatirlo. Estas medidas prácticas incluyen una vasta serie de medidas que van desde el fortalecimiento de la capacidad del Estado para combatir las amenazas terroristas hasta una mejor coordinación de las actividades contra el terrorismo del sistema de las Naciones Unidas.
La Estrategia Global de Lucha contra el Terrorismo de las Naciones Unidas (2006)La Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, en forma de resolución y de un Plan de Acción anexo, consta de cuatro pilares, a saber:
*Naciones Unidas, Asamblea General (2006) The United Nations Global Counter-Terrorism Strategy. |
El Módulo 2 considera los pilares I y II, a pesar de que el discurso de la prevención es un tema recurrente a lo largo de esta serie de módulos universitarios. El pilar III está enfocado principalmente en profesionales, por tanto, está fuera del alcance de la actual serie de módulos universitarios, a pesar de que las referencias se han hecho a través de herramientas relevantes, como aquellas producidas por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD). Por tanto, lo que resta de este módulo, así como la serie de módulos universitarios en su conjunto, se enfoca en el pilar IV. Como es evidente basados el pilar IV, la crucial importancia del Estado de derecho es fundamental para la realización de los objetivos generales de la Estrategia de Lucha contra el Terrorismo. Por ejemplo, su preámbulo «reafirma que la promoción y la protección de los derechos humanos para todos y el Estado de derecho son esenciales para todos los componentes de la Estrategia...» (Naciones Unidas, Asamblea General, 2006, A/RES/60/288).