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Trata de personas

Maria Divina Altagracia Mejia v. M.G.C.

Resumen de los hechos

The Appellant was charged with engaging in, and facilitating, human trafficking for the purposes of prostitution. She was convicted of trafficking on the basis that she would pick women up from the airport that came into Costa Rica and take them to where they would be subjected to prostitution and work as waitresses. The Appellant did not actually help them get into Costa Rica, take money from the victims, take away their passports or identification or tell the victims they were forced to stay in prostitution. The Appellant was abused and forced to have sex with men as well. Her co-defendant (named here as Leal but referred to as “G” in the other case) was convicted of human trafficking and the decision was upheld on appeal.

El recurrente fue acusado de participar en, y facilitar, el tráfico de personas con fines de prostitución. Fue condenado por tráfico sobre la base de que ella volvería a escoger mujeres en el aeropuerto, que entró en Costa Rica y llevarlos a donde serían sometidos a la prostitución y el trabajo como camareras. La parte recurrente en realidad no ayudará a entrar en Costa Rica, tomar el dinero de las víctimas, para llevar su pasaporte o identificación o decirle a las víctimas que se vieron obligados a permanecer en la prostitución. El recurrente fue abusada y obligada a mantener relaciones sexuales con hombres. Su co-demandado (llamado aquí como Leal pero referido como "G" en el otro caso) fue declarado culpable de tráfico de seres humanos y la decisión fue confirmada en apelación.

Autor:
White & Case

This work was developed through a partnership with UNODC, Lawyers Without Borders and White & Case LLP

Palabras clave

Hechos:
Reclutamiento
Transporte
Translado
Recepción
Medio:
Fraude
Engaño
Fines de explotación:
Explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual
Forma de la Trata:
Transnacional
Sector en el que la explotación se lleva a cabo:
Hotel / Restaurante / Bar

Cuestiones transversales

Responsabilidad

Responsabilidad por

• Delito consumado

Base de responsabilidad

• Intención dolosa

Responsabilidad implica

• Delincuentes principales

Delincuente/Delito

Detalles

• Ocurrió a través de uno (o más) de las fronteras internacionales (transnacional)

Países interesados

Costa Rica

República Dominicana

Consideraciones de igualdad de género

Detalles

• Consideraciones relacionadas con el género
• Mujeres como infractoras principales

Información sobre el procedimiento

Sistema jurídico:
Derecho continental
Última sentencia judicial:
Tribunal Supremo
Tipo de Proceso:
Penal

1st Instance:

Appellant was convicted in the 2nd Circuit Penal Tribunal of the Atlantic Region for participating in the trafficking women into the country from abroad for prostitution.

1ª Instancia:
Apelante fue condenado por el Tribunal Penal 2 º Circuito de la Región del Atlántico para participar en las mujeres de trata en el país desde el extranjero para la prostitución. 

 
 

Víctima / Demandantes de primera instancia

Víctima:
M.G.C.
Sexo:
Mujer
Nacionalidad:
dominicano
Víctima:
J.P.G.
Sexo:
Mujer
Nacionalidad:
dominicano
Víctima:
M.R.P.
Sexo:
Mujer
Nacionalidad:
dominicano
Víctima:
R.M.L.C.
Sexo:
Mujer
Nacionalidad:
dominicano

Acusado / Demandado de primera instancia

Acusado:
María Divina Altagracia Mejía
Sexo:
Mujer
Nacionalidad:
dominicano
Razonamiento jurídico:

The Appellant appealed the lower court’s decision on the following bases: (1) the income generated by the Appellant’s activity did not meet the threshold required by Section 172 of the Penal Code (2) the Appellant had been manipulated and abused by her co-defendant and was only participating in the trafficking under his influence and (3) Section 172 is very broad, however it does not encompass the behaviour of the Appellant because she was not actually receiving money from the women, but rather just was picking them up from the airport.  Additionally, she was also forced to have sex with clients if they asked for her and never told the women brought into the country that they had to stay working as prostitutes.

El recurrente apeló la decisión del tribunal inferior sobre las siguientes bases: (1) los ingresos generados por el apelante actividad no alcanzan el umbral requerido por la Sección 172 del Código Penal (2) el apelante había sido manipulada y abusada por su co-acusado y fue sólo participan en el tráfico bajo su influencia y (3) la Sección 172 es muy amplia, sin embargo, no abarca el comportamiento de la demandante porque ella no estaba realmente reciben dinero de las mujeres, sino que sólo les estaba recogiendo de la aeropuerto. Además, ella también se vio obligado a tener relaciones sexuales con los clientes si preguntaban por ella y nunca le dijo a las mujeres que se introduzcan en el país que tuvieron que quedarse a trabajar como prostitutas.

Cargos/Acusaciones/Decisiones

Acusado:
María Divina Altagracia Mejía
Legislación/Código:

Trata de personas

Artículo 172 del Codigo Penal

Detalles de cargos:
Trafficking in person
Veredicto:
Guilty
Indemnización/Pago a la víctima:
No 
Multa/Pago al Estado:
No 
Fallo del tribunal de apelación:
Reversed

2nd instance:

III Chamber of the Supreme Court construed Section 172 of the Penal Code narrowly and found (1) it did not cover the Appellant’s activities and (2) picking up victims from the airport did not qualify as facilitating and promoting trafficking of persons into the country.  The Court reversed and released the defendant from prison.

2ª Instancia:

III Sala de la Corte Suprema de interpretarse el artículo 172 del Código Penal por poco y encontré (1) que no cubría el apelante actividades y (2) las víctimas recogían desde el aeropuerto no podía considerarse como la facilitación y promoción de la trata de personas en el país. La Corte revocó y puesto en libertad al acusado de la cárcel.

Tribunal

III Chamber of the Supreme Court

Fuentes/Citas

Res: 2002-000930